El proyecto de paridad de género obtuvo sanción definitiva en la Cámara de Senadores
Con esta ley en las próximas elecciones, las listas de candidatos a concejales, diputados y senadores provinciales deberán tener la misma cantidad de hombres y de mujeres.
Luego del tratamiento del proyecto que modifica el Código de Faltas de Mendoza, Senadores se abocaron al tratamiento de la propuesta que establece modificaciones al Régimen Electoral de la provincia y a la Ley de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, disponiendo la paridad de hombres y mujeres en la integración de listas electorales.
Dicha norma fue aprobada 37 votos a favor y una abstención de parte del senador Víctor Da Vila del Partido Obrero. Se trata de una conjunción de distintos proyectos presentados en la Cámara Baja por las diputadas Norma Moreno, María José Sanz, Lidia Ruiz y los diputados Guillermo Pereyra y Jorge Tanús.
Con la aprobación de este proyecto se sustituye el cuarto párrafo del artículo 17 de la Ley 2551 -Régimen Electoral-, estableciendo que las listas que se presenten para candidatos a diputados y senadores provinciales, concejales y convencionales constituyentes deben respetar la paridad de género entre mujeres y hombres, con el objetivo de garantizar a los candidatos de ambos géneros una equitativa posibilidad de resultar electos. A tal fin deberán postular un candidato de cada género por cada tramo de dos candidaturas.
Se entiende por tramo de candidaturas el primer y segundo lugar en el primer tramo, el tercer y cuarto lugar en el segundo tramo y así sucesivamente, hasta completar los tramos en la lista respectiva.