El diputado nacional por Mendoza Luis Borsani, junto al equipo del Gobernador Alfredo Cornejo, logró incluir en el Presupuesto 2019 la iniciativa. En la nota, un informe del Observatorio Vitivinícola Argentino y la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) da cuenta de cuántas bodegas se verán beneficiadas luego de la aprobación.
En 2019, los vinos espumantes no pagarían impuestos internos y además todas las economías regionales podrían pagar retenciones hasta en 90 días, cuando normalmente se realizan a los 15 días. Ambos beneficios fueron incluidos en el dictamen de mayoría del proyecto de Presupuesto 2019, que fue firmado en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados. Mañana será debatido en el recinto del Congreso Nacional.
“Después de 14 años, hemos logrado junto con el diputado nacional Luis Borsani incluir en el proyecto del Presupuesto, para que salga por ley, la exención a los espumantes. Ya está incorporado en los artículos 83 y 84 del despacho”, anunció el Gobernador Alfredo Cornejo esta mañana.
De esta manera, no habrá que depender de un decreto presidencial que prorrogue el beneficio impositivo para uno de los productos emblemáticos de la vitivinicultura. Al ser incorporado en el Presupuesto, será sancionado con fuerza de ley cuando se apruebe la pauta de gasto en el Congreso.
Según un informe del Observatorio Vitivinícola Argentino y la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) en el período comprendido entre 2005 (aplicación de la exención) y 2017, el volumen de vino espumante fraccionado y el número de bodegas fraccionadoras creció significativamente. Pasó, en el primer caso, de 22 millones a 42 millones de litros (aumento del 91%), mientras que de las 61 bodegas fraccionadoras de espumantes en 2005, el sector registró, en 2017, 137 establecimientos.
En el caso particular de la provincia de Mendoza, las bodegas fraccionadoras pasaron de ser 43, en 2005, a 109 en 2017. Si se tiene en cuenta que a nivel país existen 137 establecimientos fraccionadores, se deduce que casi el 80% de las bodegas fraccionadoras de espumantes se encuentran en la provincia. En cuanto a la cantidad de litros producidos, pasó de 21 millones en 2005 a 41 millones en 2017, lo que representa 97% de la producción del país.
En línea con el aumento de la producción, las ventas (despachos) de espumante en el mercado interno crecieron de aproximadamente 22 millones de litros en 2005 a 46 millones de litros en 2015 (un crecimiento acumulado del 106%).
Efectos económicos de la aplicación de la exención
Los datos indican que de no haber existido la exención, la recaudación del impuesto hubiese sido de 1.149 millones de pesos (desde 2005 a 2015). Sin embargo, a través de la medida de política económica, las empresas de vinos espumantes, al quedar exceptuadas del impuesto, pudieron invertir 1.724 millones de pesos y no sólo cumplieron sino que superaron el acuerdo, ya que el monto de las inversiones alcanzó 150% del gravamen en el período 2005/2015.
El análisis año a año del período muestra que en la primera etapa de la exención (2005-2011), las empresas superaron ampliamente los compromisos de inversión. Sin embargo, en el último tramo los montos invertidos disminuyeron haciendo que lo invertido en 2012 fuese igual al 125%, de lo que debería haberse tributado mientras que en 2013 el porcentaje fue menor al 125%.
Estos valores advierten cómo las empresas pudieron hacer, ayudadas por la exención del impuesto y por condiciones productivas y macroeconómicas favorables, inversiones mayores a las comprometidas. Sin embargo, a partir de 2011-2012, la capacidad de inversión del sector ha sido relativamente menor. Considerando esta situación, a partir de 2016 la exención del impuesto fue directa (los decretos reglamentarios no exigían inversiones).
De esta manera, de aprobarse la iniciativa, los oasis productivos del interior de la provincia tendrán un fuerte impulso y un impacto positivo en sus economías.
La historia de la lucha por la exención
La Ley 25239 de Reforma Tributaria, sancionada en el 29 de diciembre de 1999, modificó el artículo 1º de la Ley 24674 de Impuestos Internos, incorporando, entre otros productos, a las champañas (espumantes o espumosos).
En 2005 a través, del decreto 58, se excluyó a las champañas del ámbito de aplicación del gravamen previsto en el Capítulo VII del Título II de la Ley de Impuestos Internos.
En el mismo año (2005) se suscribió el “Programa de Expansión del Sector Vitivinícola” y, como parte del acuerdo, las empresas asumieron el compromiso de invertir durante diez años el equivalente al 125% del gravamen, agregando además que las referidas inversiones no podrían ser inferiores a 150 millones de pesos.
La exención se prorrogó sucesivamente y actualmente el Decreto 1103/2017 sujeta que el beneficio de la exención dejaría de percibirse a partir del 1 de enero de 2019.
Los datos indican que, de no haber existido el Programa de Expansión del Sector Vitivinícola, la recaudación del impuesto hubiese sido de 1.149 millones de pesos (desde 2005 a 2015). Sin embargo, a través de la medida de política económica las empresas de vinos espumantes al quedar exceptuadas del impuesto pudieron invertir 1.724 millones de pesos y no sólo cumplieron sino que superaron el acuerdo, ya que el monto de las inversiones alcanzó 150% del gravamen en el período 2005/2015.