ESTAS SON LAS NUEVAS FLEXIBILIZACIONES

Ya salió publicado el Decreto Presidencial, pero las provincias deberán -con un Decreto propio- confirmar cuales de estas flexibilizaciones tendrán vigencia en sus respectivos territorios.
Es decir, debemos esperar en las próximas horas un nuevo Decreto de Rodolfo Suárez.
BARBIJO Y DISTANCIAMIENTO
Sigue vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas) y el uso de tapabocas en espacios cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas.
CONTAGIADOS NO PUEDEN CIRCULAR
En ningún caso, podrán circular las personas que revistan la condición de “caso confirmado”, “caso sospechoso” o “contacto estrecho” de COVID-19.
VIAJES GRUPALES Y DE EGRESADOS
Todas las personas integrantes del contingente deberán contar con un test de antígeno negativo al embarcar.
Al regreso deberán realizar un test de antígeno previo al abordaje del transporte de regreso.
Además, las personas que no cuenten con esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje, deberán realizar un aislamiento de 7 días.
El control de la realización del testeo estará a cargo de la empresa de viajes.
CONTINGENTE DE JUBILADOS
Deberán presentar esquema de vacunación completo ocurrido por lo menos 14 días previos al inicio del viaje.
BOLICHES
Podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada. Además, deberán requerir a quienes concurran *esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes.
SALONES DE FIESTAS
Los presentes deberán presentar el esquema de vacunación completo, o un test diagnóstico negativo, realizado con una antelación no mayor a 48 horas.
EVENTOS MASIVOS
De más de mil personas en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo, o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo.
Si el evento se realiza al aire libre, podrán deberán requerir a las personas concurrentes mayores 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.
EXEPTUADOS DE IR A TRABAJAR
Sólo estarán dispensados del deber de asistencia al lugar de tareas, con carácter excepcional, los trabajadores con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
INGRESO AL PAÍS HASTA EL 31 DE OCTUBRE
Quedan exceptuadas las personas nacionales o residentes de países limítrofes, siempre que cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país establecidos o que se establezcan en el futuro.
INGRESO AL PAÍS DESDE EL 1 de NOVIEMBRE
Se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro. El mismo se realizará por los corredores seguros.

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