Algunos medios (en especial los digitales y radiales) viven de copiar el trabajo ajeno y publicarlo o mencionarlo como si se tratara de un informe propio, sin citar ni siquiera la fuente.
Y por lo que pudimos averiguar también lo hacen algunos concejales, incluso de San Rafael, como la Sra. María Dolores Sánchez, quien acaba de presentar un proyecto en el Concejo Deliberante local donde propone un programa de «Plazas Seguras».
La pieza, firmada por la edil del Partido Demócrata, y que en breve pasará a ser analizada por sus pares (para su sanción, o no), es idéntica a una ordenanza que rige en la Ciudad de Bahía Blanca (Pcia. de Buenos Aires), que fuera presentada por el concejal del Frente Amplio Progresista Manuel Mendoza.
La concejal en sus fundamentos (que también son prácticamente idénticos, y que no podemos publicar por una cuestión de espacios) jamás cita la autoría del escrito, y apenas sólo modifica unos párrafos en lo que hace al nombre de la localidad, plazas y escuelas.
«ROBAR» O NO «ROBAR», ESA ES LA CUESTIÓN
Hay que decir que en materia legislativa está casi todo escrito en el mundo, por lo cual no está mal que se tome como referencia una ley u ordenanza que rija en otra ciudad del planeta para aplicarla en la propia. Por el contrario, toda iniciativa que ayude a mejorar la calidad de vida de la gente es bienvenida.
Pero el tema es que Sánchez ni siquiera cita la Ciudad de Bahía Blanca, donde se presentó el proyecto original.
En este sentido, uno se pregunta si los cerca de 70 mil pesos que le cuesta cada concejal mensualmente a las arcas del municipio se justifican, si el edil en cuestión sólo se dedica a copiar una iniciativa y mostrarla como propia.
Recordemos que la misma mujer, meses atrás presentó un proyecto solicitando que se borrara la línea amarilla que se ubica en Av. Dean Funes frente a su casa, nota que titulamos «Una concejal que legisla para sí misma».
EL PROYECTO ORIGINAL (de BAHIA BLANCA)
PROYECTO DE ORDENANZA: Creando el «Programa Plazas Seguras» en el Partido de Bahía Blanca.
AUTOR: Manuel Mendoza (12 de Septiembre de 2012)
ARTÍCULO 1º – Créase el Programa «Plazas Seguras» en el ámbito del Partido de Bahía Blanca cuya finalidad es la recuperación de los espacios públicos en los barrios a través del mejoramiento, mantenimiento y puesta en valor las plazas ubicadas en los barrios del Partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2º – El objetivo de este Programa es la recuperación de los espacios públicos ubicados en los barrios de Bahía Blanca, otorgando prioridad a las áreas del macro centro y periferia que resulten puntos de conflicto, delito o vulnerabilidad social de cualquier tipo.
ARTÍCULO 3º – El DE a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y su dependencia la Dirección de Espacios Públicos serán las áreas encargadas de implementar el presente programa.
ARTÍCULO 4º – El DE deberá coordinar y realizar un relevamiento de las Plazas y espacios públicos en situación de abandono o mal estado en el Partido de Bahía Blanca, a partir del cual, deberá establecerse un criterio de prioridad para comenzar a implementar el Programa de recuperación de estos espacios en las zonas que resulten de mayor vulnerabilidad.
ARTÍCULO 5º – El DE deberá proceder a las siguientes intervenciones a fin de recuperar los espacios públicos en los barrios:
a) Colocación de iluminación antivandálica o la que corresponda
b) Colocación de cestos de residuos
c) Forestación, poda de arbolado y remoción de ejemplares secos
d) Mantenimiento de los juegos, provisión y colocación de juegos para niños y niñas especiales.
e) Colocación de cartelería identificatoria del Barrio y nombre del espacio/plaza.
f) Activación y/o reactivación de riego por aspersión.
g) Implantación de material vegetal (césped, plantas y arbolado)
h) Designación de personas (placeros) encargado del mantenimiento del lugar en horario de 8 a 20 hs.
ARTÍCULO 6º – El DEM a través de la dependencia dirigida a implementar la Ordenanza deberá establecer un sistema de prioridades respecto a los espacios públicos que necesitan intervención de forma urgente y que se encuentran en peores condiciones.
ARTÍCULO 7º – Autorícese al DE a realizar un convenio con la Escuela Municipal de Capacitación Laboral San Roque para que los alumnos del establecimiento realicen prácticas colaborando con la refacción de juegos, y demás tareas que estén relacionadas con la disciplina.
ARTÍCULO 8º – Autorícese al DE a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de cumplir con los objetivos de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 9º – De forma…
EL PROYECTO «ROBADO» (SAN RAFAEL)
PROYECTO DE ORDENANZA: «Ordenanza Plazas»
AUTOR: María Dolores
ARTÍCULO 1º – Créase dentro del ámbito del DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, el Programa Municipal de Recuperación y Puesta en Valor de Plazas, Paseos, Parques y Espacios Públicos en el ámbito del departamento de San Rafael cuya finalidad es la recuperación de los espacios públicos en los barrios a través del mejoramiento, mantenimiento y puesta en valor las plazas ubicadas en los barrios del departamento de San Rafael y distritos
ARTÍCULO 2º – El objetivo del Programa, creado en el articulo 1º, es la recuperación de los espacios públicos ubicados en el departamento de San Rafael, otorgando prioridad a las áreas del macro centro y periferia que resulten puntos de conflicto, delito o vulnerabilidad social de cualquier tipo.
ARTÍCULO 3º – El DEM a través de sus diferentes dependencias serán las áreas encargadas de implementar el presente programa.
ARTÍCULO 4º – El DEM deberá coordinar y realizar un relevamiento de las Plazas y espacios públicos en situación de abandono o mal estado en la Ciudad de San Rafael y distritos, a partir del cual, deberá establecerse un criterio de prioridad para comenzar a implementar el Programa de recuperación de estos espacios en las zonas que resulten de mayor vulnerabilidad.
ARTÍCULO 5º – El DEM deberá proceder a las siguientes intervenciones a fin de recuperar los espacios públicos en los barrios:
a) Colocación de iluminación antivandálica o la que corresponda.
b) Colocación de cestos de residuos, y un contenedor para tirar las hojas y ramas, provenientes de la limpieza de la plaza.
c) Forestación, poda de arbolado y remoción de ejemplares secos.
d) Mantenimiento de los juegos, provisión y colocación de juegos para niños y niñas especiales.
e) Colocación de cartelería identificatoria del Barrio y nombre del del espacio/plaza.
f) Activación y/o reactivación de riego, implementando las técnicas adecuadas (riego por aspersión, a través de acequias u otros.
g) Implantación de material vegetal (césped, plantas, flores y arbolado)
h) Designación de personas (placeros) encargado del mantenimiento del lugar en horario de 8 a 20 y serenos de 20 Hs a 8 (para las Plazas San Martín, Independencia, y 9 de Julio)
ARTÍCULO 6º – El DEM a través de la dependencia dirigida a implementar la Ordenanza deberá establecer un sistema de prioridades respecto a los espacios públicos que necesitan intervención de forma urgente y que se encuentran en Página 4 de 5.
ARTÍCULO 7º – Autorícese al DEM a realizar convenios de cooperación con las escuelas Técnicas de San Rafael, Ejercito de los Andes y Escuela Reinaldo Merin para que los alumnos del establecimiento realicen prácticas colaborando con la refacción de juegos, y demás tareas que estén relacionadas con la disciplina.
ARTÍCULO 8º – Autorícese al DEM a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de cumplir con los objetivos de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 9º – De forma…