«Echaron» al cura Yañez de la Iglesia Católica

Desde hace años Fernando Yañez estaba suspendido en sus funciones como ministro de la Iglesia Católica, lo que implica la prohibición de dar misa y otros sacramentos.

Motivó la decisión del Obispo Eduardo María Taussig una serie de actitudes de Yañez, entre ellas ignorar los votos de obediencia hechos al momento de recibirse de cura.

Taussig había dispuesto su traslado a Malargue, pero el religioso se negó, con la excusa que debía quedarse en Monte Coman para seguir al frente de los hogares de menores.

Paralelamente, Yañez enfrentó causas judiciales por denuncias de abusos de menores, una de las cuales dio fin la semana pasada tras ser absuelto, ante la no presentación del denunciante, que ahora tiene 23 años y que no pudo ser ubicado por la Justicia.

“Después de un largo proceso penal administrativo, que incluyó intensas investigaciones, consultas a las máximas autoridades de la Iglesia en materia penal canónica y habiendo obtenido la certeza acerca de las acusaciones que pesan sobre el Pbro. Fernando Miguel Yañez, como desobediencia pertinaz, ejercicio ilegítimo de una función sacerdotal, suscitar públicamente aversión y odio contra la Sede Apostólica o el Ordinario y delito contra el sexto mandamiento con menores; el Obispo de San Rafael, Mons. Eduardo María Taussig, ha resuelto imponer a Yáñez la dimisión del estado clerical, con efecto inmediato, por Decreto de fecha 29/04/2019” expresa el comunicado.

En razón de esta sentencia, el «padre» Yañez no podrá realizar ningún acto ministerial, ni usar vestimenta eclesiástica, ni reclamar para si ningún privilegio que el derecho disponga a los clérigos.

EL COMUNICADO COMPLETO
«Después de un largo proceso penal administrativo, que incluyó intensas investigaciones, consultas a las máximas autoridades de la Iglesia en materia penal canónica y habiendo obtenido la certeza acerca de las acusaciones que pesan sobre el Pbro. Fernando Miguel Yañez, esto es:
1. desobediencia pertinaz (canon 1371, 2º del CIC);
2. ejercicio ilegítimo de una función sacerdotal (C. 1384);
3. suscitar públicamente aversión y odio contra la Sede Apostólica o el Ordinario (c. 1373);
4º Delito contra el sexto mandamiento con menores (c. 1395 del CIC y art. 6º §1, 1º del mpSST)
El Obispo de San Rafael, Mons. Eduardo María Taussig, en uso de las facultades que le otorga el Derecho eclesial, ha resuelto imponer al Pbro. Fernando Miguel Yáñez la dimisión del estado clerical, con efecto inmediato, por Decreto de fecha 29/04/2019 (Prot. 105/19), por hallarlo culpable de los primeros tres delitos de que se lo acusa.
Esta es la máxima pena que impone la ley penal canónica a un sacerdote, fuera de la excomunión.
En razón de esta sentencia, Fernando Miguel Yañez no podrá realizar ningún acto ministerial, ni usar vestimenta eclesiástica, ni reclamar para si ningún privilegio que el derecho disponga a los clérigos.
Respecto del posible delito de abuso de un menor a su guarda, no se han encontrado pruebas, ni testimonios fidedignos del mismo, por lo que no se expide al respecto. La resolución de esta causa se ha hecho pública recién ahora, pues se prefirió esperar a la resolución del juicio civil que se le seguía.
El sacerdote Fernando Yañez cumplió en sus primeros años de ministerio, una tarea como pastor de los fieles en la Parroquia de Monte Comán, atendiendo a los más necesitados y postergados. Lamentablemente, en un momento de su ministerio tomó una actitud de abierta rebeldía a la autoridad de la Iglesia, en la que ha permanecido en forma contumaz, a pesar de los numerosísimos esfuerzos por hacerlo deponer su actitud y volver a la recta disciplina eclesial. Esta actitud constituye un delito, que se opone a su condición de sacerdote. El escándalo suscitado por sus acciones y palabras, requiere de una sanción congrua. Los beneficios que la comunidad ha recibido del sacerdote Yáñez, nos impulsan a elevar oraciones y súplicas por su conversión y enmienda

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