Inhibición de bienes inmediata para quienes choquen alcoholizados o no tengan seguro

El diputado justicialista Jorge Tanús presentó un proyecto de ley que busca proteger a las víctimas de accidentes de tránsito en aquellos casos en que el culpable del accidente no tenga seguro o esté en estado de ebriedad.
Alcohol
La iniciativa modifica la ley provincial de tránsito (6082), y permite que los magistrados puedan realizar la inhibición general de bienes de modo inmediato, de aquellos conductores o propietarios de vehículos que hayan ocasionado un accidente de tránsito y no acrediten el seguro automotor vigente o se encontraren en un estado de alcoholización superior al permitido por la ley.
El legislador señaló que “a diario vemos como aumenta exponencialmente la cantidad de accidentes viales con consecuencias trágicas. Con el mismo ritmo crecen los accidentes viales ocasionados por excesos en la ingesta de alcohol… Frente a estas situaciones las personas que han sufrido daños o sus herederos –en los casos que el accidente hubiera ocasionado la muerte de la persona-, se encuentran desamparados económicamente ante la falta de seguro. A esto se suma que el causante del daño al no tener cobertura  tiende a sacarse los bienes que tiene a su nombre para evitar la acción reparatoria”, agregó Tanús.
En la actualidad la acción de daños y perjuicios en el proceso civil lleva como promedio entre 2 o 3 años hasta alcanzar una sentencia firme. El damnificado debe esperar ese tiempo para hacer efectivo su derecho, y en muchos casos para ese momento el causante del daño ya no tiene un solo bien a su nombre.
La medida de inhibición general le impide al infractor despojarse de sus bienes y  como toda cautelar tiene un carácter provisional, de manera tal que si por alguna razón se revirtiera el informe administrativo, policial o de la compañía de seguros que le dio lugar, o hubiera algún cambio de situación el magistrado puede disponer el  levantamiento.

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