Mil pesos de multa al que arroje basura o escombros en la vía pública

Escombros
El Concejo Deliberante acaba de aprobar una normativa respecto a las multas y procedimientos en caso que un vecino arroje basura u otros materiales en la vía pública (vereda, calzada, baldíos, etc).
Concretamente, la nueva ordenanza expresa:
– QUEDA PROHIBIDO arrojar escombros, arena, tierra, basura y otros materiales contundentes en la vía pública, acequias y veredas de todo el Departamento, los cuales solo podrán depositarse temporalmente en contenedores, previo cumplimiento de todos aquellos procedimientos que a tal efecto se hallan debidamente reglamentados.

SANCIONES
Constatada alguna de las infracciones, el agente municipal afectado para la inspección por el área de la Coordinación de Escombros Municipal, confeccionará el acta correspondiente. El infractor tendrá un plazo de 10 días corridos para formular el descargo.
Diez días después, la Dirección de Recaudación fallará al respecto.

MULTAS
– Multa de $1.000 por arrojar residuos de todo tipo y escombros en la vía pública.
– Se considerará reincidencia la multa aplicada a la misma persona por las infracciones descriptas en la presente Ordenanza:
a) Primera reincidencia, multa de $1.700.
b) Segunda reincidencia, multa de $4.500 hasta $ 6.500, las cuales se graduarán atendiendo a los intereses y riesgos para la salud, al medio ambiente, a la naturaleza de la infracción, a la intencionalidad y desprecio de las normas de convivencia humana.
c) Tercera reincidencia o subsiguientes, duplicarán el valor de la última multa aplicada.
– Si el contribuyente infractor paga sin protestar, se le realizará una quita del 35% en el monto de la multa, si la misma es abonada en 20 días corridos, siempre y cuando el infractor no sea reincidente y pruebe haber retirado los materiales por los que le fue impuesta la infracción.
– El infractor deberá retirar los materiales en infracción en el plazo de 24 horas. Si el infractor no lo hiciera, lo hará el Municipio cobrando al infractor una tasa de $600 por ello. Dicha tasa se agregará al monto de la multa correspondiente.
De esta manera se dejan sin efectos ordenanzas anteriores al respecto.

Comentarios

comentarios

Top