Muerte de una menor de 15 años: El Schestakow perdió el juicio por mala práxis

El Hospital Schestakow deberá pagar la suma de $800 mil (más intereses y costas) en concepto de indemnización a los padres de una menor de 15 años que falleció producto de la mala práxis que se le practicó en el centro asistencial.

La decisión la tomó el titular del Quinto Juzgado Civil de San Rafael, Dr. Pablo Augusto Moretti, quien de esta forma accedió al pedido de la familia de Priscila Luciana Marlen Riquelme, representada por el Dr. José Lorenzo Durán.

ASI MURIO PRISCILA
El 25 de septiembre de 2010, Priscila fue llevada al hospital por su padre, pues presentaba fuertes dolores abdominales.
El primer diagnóstico fue «apendicitis», por lo cual fue intervenida quirúrgicamente; sin embargo, al abrirla, los médicos advirtieron que su apéndice estaba sano, y que tenía un quiste sangrante en un ovario, el cual le fue extirpado.
Terminada la operación, la madre de la menor le preguntó al cirujano «¿por qué no le habían colocado una sonda?», recibiendo como respuesta por parte del Jefe de Cirugía “NO SE USA MAS”.
Tres días después la niña recibe el alta médica, y 48 horas más tarde comienza a descomponerse y a vomitar con olor fétido.
Como en ese momento madre e hija se encontraban en Mendoza, se dirigen al hospital Perrupato, donde le detectan una septicemia generalizada en todo el cuerpo, producto de la sangre en estado de putrefacción que le había quedado dentro del organismo.
Por la gravedad del caso, Priscila fue derivada al Htal. Lagomaggiore, donde falleció al día siguiente.

UNA PERICIA INAPELABLE
Durante el juicio, la pericia realizada por un especialista en medicina forense dictaminó que hubo mala práxis, ya que tras la cirugía no le colocaron la sonda para evacuar la sangre del abdomen, práctica natural del protocolo médico, el cual se obvió.
Ese fue el principio del proceso infeccioso que terminó en la muerte de la menor.
Dicha pericia fue aceptada por todas las partes, por lo cual no fue impugnada.
Como es rutina en todos los organismos del Estado, la sentencia fue apelada, por tanto el expediente pasó a la Cámara de Apelaciones en lo Civil.

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