Primaria: Desde el 2020 alumnos repetidores no podrán ser abanderados ni escoltas

La Dirección General de Escuelas comunica a toda la comunidad educativa que en Nivel Primario, alumnos que hayan repetido algún grado no podrán participar en la elección de abanderados y escoltas, de acuerdo a la adecuación del Reglamento para conseguir portar la Bandera Nacional y la Bandera de la provincia de Mendoza.

En ese sentido, la Resolución N° 3681-DGE-2019, publicada este martes en el boletín oficial de la Provincia, establece que serán aspirantes en escuelas públicas de gestión estatal y privada los estudiantes que cursen 6° grado de establecimientos de organización completa, u otros grados en instituciones de organización incompleta, a quienes se les contemplará el esfuerzo personal sostenido durante el recorrido por los grados del Nivel Primario y las oportunidades en el acompañamiento a las trayectorias, complementado con el apoyo brindado por la familia.

“El procedimiento va a comenzar el primer día hábil de la última semana de noviembre, precisamente, el 25. En el proceso de elección van a poder participar los chicos que se encuentren desde la Unidad Pedagógica (entre el 1° y 2° grado) hasta 6° grado, donde también, se tendrán en cuenta los aspectos de normas de convivencia en los cuales se deberá contar, como mínimo, con un “Bueno” en cada uno de los trimestres de 6° grado. Asimismo, podrán forma parte de la elección los alumnos que hayan compensado espacios curriculares en cualquier año, en diciembre o marzo, pero no podrán participar aquellos estudiantes que hayan repetido algún año”, explicó Sergio Márquez, director de Educación Primaria de DGE.

Márquez agregó que “en caso de empate -en el puntaje obtenido- entre dos o más alumnos la bandera será llevada en forma rotativa en los distintos actos escolares para lo cual se efectuará un sorteo público; además se armará un cuadro de honor con los mejores 20 promedios, y se obligará a las escuelas a publicar las actas con las listas únicas de abanderados tres días hábiles antes a los actos de fin de curso que, en el corriente año, se realizarán entre el 9 y 13 de diciembre”.

Cabe destacar que queda derogada toda norma que se oponga a la Resolución N° 3681-DGE-2019 que, a continuación, puede visualizarse.

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