Violencia de género: Avanza el proyecto para la creación de una Comisaría de la Mujer

Samuel
El proyecto presentado por el senador sanrafaelino Samuel Barcudi (foto), con el fin de crear una Comisaría de la Mujer en todos los departamentos de la provincia, ha sido girado con despacho favorable a la Comisión de Género y Equidad, por lo que pronto sería aprobado por la Cámara Alta.
La intención del legislador sanrafaelino es que las féminas, víctimas de violencia de género u otros delitos similares, tengan un lugar apropiado donde dirigirse para realizar la denuncia o para evacuar consultas.
El Dr. Barcudi busca que avance el proyecto, y que pueda ser tratado por estos días en medio de la campaña «Ni una menos», que se realiza en alusión al femicidio, que ameritará una marcha nacional en distintas ciudades del país para el próximo miércoles 3 de junio.

LA LETRA DEL PROYECTO DE LEY
Concretamente, el ex Director de Salud de la Municipalidad, propuso:
ARTICULO 1.- Crear, para todo el territorio de la Provincia de Mendoza, la Comisaría de la Mujer, la que tendrá por objeto, sin perjuicio de las funciones específicas que le asigne el Poder Ejecutivo Provincial al reglamentar su funcionamiento, la atención especializada, profesionalizada y direccionada de las problemáticas derivadas por denuncias a la violación de las normas vigentes, y que se dicten en el futuro, en materia de violencia de género y discriminación de la mujer.
ARTÍCULO 2.- La Comisaría de la Mujer estará bajo el gobierno y competencia funcional, administrativa y presupuestaria del Ministerio de Seguridad del Superior Gobierno de la Provincia de Mendoza y será una dependencia de la Policía de Mendoza, en un todo de acuerdo con la Ley Nº 6.722 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Seguridad, deberá garantizar que, en cada uno de los Departamentos de la Provincia de Mendoza, funcione, como mínimo, una Comisaría de la Mujer, número que podrá variar, en más, teniendo en cuenta las necesidades operativas de cada Departamento.
ARTÍCULO 4.- Facultar al Poder Ejecutivo Provincial, a reglamentar y poner en vigencia operativa la presente ley, atribución que deberá ejecutar en un plazo de un año contado a partir de la fecha de su sanción. Dicha reglamentación deberá atender, especialmente, sin perjuicio de aspectos funcionales, operativos y presupuestarios, el funcionamiento de la Comisaría de la Mujer en espacios físicos independientes de las comisarías locales, con personal femenino capacitado profesionalmente para el abordaje de las problemáticas que, en sus aspectos policiales, tutelares, judiciales, sociales y médicos, se presenten en el marco de denuncias por violación a las normas de violencia de género y discriminación de la mujer.

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